domingo, 30 de enero de 2011

ENTREGADA LA CONCESIÓN, TODO ESTA CONSUMADO…

Por Martín Tanaka
El tema de cómo canalizar institucionalmente los conflictos sociales para evitar que asuman formas de protesta violentas está prácticamente ausente del debate electoral, a pesar de que fue un asunto central durante el gobierno de García (allí están los trágicos sucesos de Bagua para atestiguarlo). Lo que ocurre es que la conflictividad social, en alza continua en los últimos años, se estabilizó relativamente hacia finales de 2009, para ir en lento descenso desde entonces.

Obviamente los conflictos no han desaparecido, y el año que pasó tuvimos los casos de Tía María o Majes- Siguas, por ejemplo. Lo que sí se desvaneció fue la percepción de que podría darse una “avalancha” de acciones de protesta, que podrían articularse detrás de algunas grandes demandas, y que podrían terminar identificándose con algún candidato presidencial. Lo que tenemos son demandas dispersas, variadas, que ocurren en un contexto electoral, que establece una suerte de tregua: las autoridades que salen no toman decisiones importantes, las organizaciones sociales adoptan una actitud de esperar a las nuevas, algunas de las cuales han salido, en los espacios subnacionales, de entre los líderes que cuestionan las prácticas existentes.

Pero una tregua es solamente eso; nada asegura que la tendencia declinante de la conflictividad se mantendrá una vez instalado el nuevo gobierno nacional; por el contrario, podríamos tener una rápida escalada en los dos últimos trimestres del año.

Recordemos que hay en el país una gran cartera de proyectos de inversión esperando la iniciación del nuevo gobierno; si el empresariado percibe que tendrá un gobierno amigable y que se esfumó el riesgo de políticos antisistema, es probable que se quiera avanzar mucho y rápido. Dentro de esa cartera destacan grandes inversiones en industrias extractivas y proyectos hidroenergéticos, que podrían despertar una nueva ola de protestas. Por ello, lo que necesitamos es elevar las exigencias ambientales y sociales de los proyectos, pero vamos en la dirección contraria.

En esa línea consideramos la reciente aprobación de los decretos de urgencia 001-2011 y 002-2011 que buscan acelerar la realización de proyectos de inversión considerados prioritarios. Si bien se mantiene el requisito de contar con un estudio de impacto ambiental aprobado para el inicio de los mismos, no es necesario contar con este para iniciar trámites administrativos y realizar otras acciones.

El problema es que para la población se presenta una lógica de hechos consumados: se consiguen autorizaciones, se hacen planos, se consigue financiamiento para obras que no se sabe todavía qué impacto tendrán, y que no han desarrollado aún estrategias de relación con las comunidades. No debería sorprendernos entonces un probable recrudecimiento de los conflictos.

¿Cómo compatibilizar la promoción de la inversión con una lógica de prevención de conflictos? ¿Cuáles son las propuestas?

LA TRAMPA DE INAMBARI Y LA INCAPACIDAD DEL MINAM PARA DEFENDER LA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

A pesar de haber circulado comunicados de retiro del consorcio brasileño Egasur, interesado en construir la polémica Central Hidroeléctrica de Inambari en plena selva peruana, y los rumores de que estaría pensando vender su proyecto a otros inversionistas, la dación de los Decretos de Urgencia 001 y 002, que permiten que estos megaproyectos se concesionen sin necesidad de la aprobación de estudios ambientales, es una clara señal de que se cocina un faenón energético.

La oposición de comunidades que se ven afectadas, como los pobladores de Carabaya en Puno; de organismos no gubernamentales como DAR, Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, Forum Solidaridad, CARE Ashaninka, Servicios Educativos Rurales, Pro Naturaleza, entre otros; de sectores intelectuales; de periodistas reconocidos; de colegios profesionales, y cada vez más de la opinión pública, a la construcción de centrales hidroeléctricas en la selva peruana que requieren de miles de hectáreas de bosques para inundar, ha hecho del proyecto de Inambari y en general del acuerdo para exportar energía eléctrica al Brasil, uno de los temas más polémicos del país.

Sobre todo porque las empresas transnacionales interesadas en ejecutar estos megaproyectos, como en el caso de Inambari es Egasur, tienen los mejores lobbistas con los que un inversionista puede soñar: las propias autoridades del estado peruano.

Cómo será de cierto esto que, a fines de setiembre del año pasado, el Poder Ejecutivo envió un proyecto de Ley al Congreso (Nº 4335), para que la aprobación de los estudios de impacto ambiental en el caso de las centrales hidroeléctricas, ya no sea un requisito duro para otorgar la concesión definitiva. Era un proyecto hecho a la medida de Egasur, que precisamente ha tenido problemas con la realización de audiencias públicas para validar sus estudios, por lo cual no tiene hasta hoy la concesión definitiva.

El Ministerio de energía y Minas, representado por el viceministro de energía, Daniel Camac, dice de la boca para fuera que se requiere de la licencia social y ambiental para dar luz verde a Inambari, pero al mismo tiempo defiende normas que facilitarían su concesión.

Pero el colmo ha sido el decreto de urgencia 001 del 18 de enero último y su modificatoria el DU 002, dos días después, que consagran el principio de que no interesa nada, con tal de entregar, sin mucho papeleo, todos los sectores estratégicos del país, incluyendo las controvertidas centrales hidroeléctricas de la Amazonía.

Lo más grave de estas normas es que traslada todos los bienes públicos que tienen que ver con el listado de 33 proyectos priorizados a Proinversión, que lo único que sabe hacer es vender cosas. Así se desaparecerá la Empresa Nacional de Puertos y así se dará en concesión la Central Hidroeléctrica de Inambari. Además que hace tiempo que Egasur estaba deseosa de que el trato con el Estado sea a través de Proinversión.

El caso de las hidroeléctricas
Diversos expertos señalan que en el caso de la Centrales Hidroeléctricas, la concesión definitiva otorga al concesionario un derecho exclusivo y excluyente que, una vez dado, es prácticamente imposible revocarlo a no ser por el propio concesionario.

Se puede impugnar la concesión pero eso implica el pago de dinero por parte del Estado, es decir plata de todos los peruanos. Además, la lógica señala que, al darse la concesión, se firma un contrato con las exigencias del Estado al concesionario, incluyendo las ambientales y sociales y su respectivo cronograma de cumplimiento. Por eso se exige antes de dar la concesión definitiva. Al hacerlo después ya no tiene mayor sentido un Estudio de Impacto Ambiental, ni tampoco el Plan de Manejo Ambiental, como sostiene la especialista Rosario Linares.

Sin duda, las autoridades peruanas están decididas a imponer a como dé lugar la ejecución de las centrales hidroeléctricas en la selva. Basta ver al respecto el proyecto de Ley 4335 que, con el pretexto de uniformizar la normativa del Ministerio de energía Minas, pretendía sacar de ese ámbito a los estudios de impacto ambiental para pasarlos al –a todas luces débil– Ministerio del Ambiente que, aún siendo el ente rector del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental, hasta la fecha no ha sido capaz de implementar la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, que según su propio D.S. 019-2009-MINAM, debió estar listo en marzo del 2010.

A eso se debe la profusión de conflictos sociales en la minería, porque los estudios de impacto ambiental se exigen después de dar la concesión. Esto se agravaría en el caso de las hidroeléctricas, ya que implican muchas más obras e intervenciones en el territorio que las mineras.

Los analistas coinciden en que no se debe acercar la regulación ambiental del sector eléctrico a la del sector minero, sino por el contrario, es el sector minero el que debe ponerse a la altura del eléctrico, es decir tener los estudios de impacto ambiental y los planes de mitigación aprobados y validados antes de recibir la concesión.

El MINAM se pronuncia
En medio de todo este cambalache y de las denuncias hechas desde distintos medios de comunicación frente a lo que se considera como el megafaenón de los decretos de urgencia 001 y 002, el Ministerio del Ambiente (MINAM) ha salido a respaldar estas normas y defender sin mucha consistencia la idea de que no se vulnera ningún aspecto ambiental.

Sin embargo, el comunicado del MINAM, anota el profesor Ernesto Raez, no responde los tres argumentos centrales de oposición al proyecto de ley 4335 y a los decretos de urgencia mencionados.

O sea no dice nada respecto de que esta normativa estipula con todas sus letras que las certificaciones ambientales no serán requisito para la obtención de autorizaciones administrativas sectoriales relacionadas con los proyectos promovidos; que se incluye en la lista un genérico “centrales hidroeléctricas”, cuando el interés nacional y la urgencia, invocados precisamente en los decretos de urgencia, deben ser específicos; y cuando se genera incertidumbre y se propicia malestar social, los que estallarán llegado el nuevo gobierno.

Mientras tanto, funcionarios de Proinversión, como el Ingeniero Del Águila, sostienen que con la vigencia de estos decretos de urgencia, su institución ya puede aceptar las solicitudes que se presenten, incluyendo el caso de las Centrales Hidroeléctricas. Proinversión puede dar desde el 20 de enero el visto bueno para las centrales.

En buen cristiano, si Egasur quiere, podría presentarse mañana a Proinversión y obtener el visto bueno para ejecutar el proyecto Inambari, pues cumple con todos los requisitos, ya que no se le exige la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental ni mucho menos la licencia social.

Los decretos de urgencia
Nadie entiende cómo una norma con rango de ley, que el Poder Ejecutivo sólo puede dar en caso de urgencia económica y financiera, termine abordando temas ambientales y lo que es peor, eliminando requisitos fijados para obtener una concesión en esta materia.

Por ello muchas instituciones, como el Instituto de Defensa Legal, están reclamando la inconstitucionalidad de esos decretos.

Asimismo, esta semana se han pronunciado diversas organizaciones que siguen con preocupación el caso de las grandes hidroeléctricas que incluyen represas en la selva peruana. El pronunciamiento “Decretos de Urgencia desnaturalizan institucionalidad ambiental y podrían generar conflictos sociales” hace un llamado al actual gobierno a corregir su intento de debilitar las salvaguardas ambientales y sociales en el Perú, pues podría significar una bomba de tiempo para la siguiente administración.

Este documento dirigido a la opinión pública señala que “la eliminación de las certificaciones ambientales para la obtención de autorizaciones administrativas es un grave retroceso en materia ambiental, en tanto se desvirtúa el rol de la evaluación de impacto ambiental (EIA) como herramienta de política pública en la toma de decisiones sobre los proyectos. Según el procedimiento establecido en los Decretos de Urgencia, con las autorizaciones otorgadas, el Estudio de Impacto Ambiental se convierte en un instrumento ineficaz y postergado”.

Asimismo, los integrantes de la ONG Derecho Ambiente y Recursos Naturales (DAR), han hecho un análisis jurídico concluyendo que los decretos de urgencia deben ser derogados por su inconstitucionalidad, al estar regulando asuntos que no competen al ámbito estrictamente económico ni financiero sino ambiental. El análisis muestra una contradicción entre la vigencia de estos decretos y el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, por los compromisos asumidos en este en materia ambiental.

En buena cuenta, se trata de un atropello a la legalidad del país y a toda la población, en especial a la que habita en los territorios involucrados en los megaproyectos listados en los tristemente célebres decretos de urgencia 001 y 002, y si bien algunos interesados o desinformados sostengan que hay quienes nos oponemos a la inversión por cuestionar estas normas, lo cierto es que nada justifica que un gobierno de salida pretenda rematar el país y al mismo tiempo dejarnos una bomba de tiempo.

Carlos Bedoya
http://www.diariolaprimeraperu.com/online/noticia.php?IDnoticia=78960

Minam: la carreta delante de los caballos

Domingo 30 de Enero del 2011
Tan preocupante como la promulgación de los polémicos decretos de urgencia que eliminan la obligación de presentar estudios de impacto ambiental (EIA) para tramitar concesiones o permisos estatales en 33 proyectos de inversión es la terca insistencia del Ministerio del Ambiente (Minam) en respaldar la absurda, peligrosa e inconstitucional iniciativa gubernamental.

¿De qué lado está el Minam que olvida que esos decretos son ilógicos y anticonstitucionales, no responden a los requerimientos de un decreto de urgencia y podrían ser una bomba de tiempo para el próximo gobierno, como lo han demostrado entidades académicas, ambientales y legales?

Promovemos la economía social de mercado, dentro del Estado de derecho, pero con reglas claras y equitativas y respeto al medio ambiente y los derechos de las comunidades. No obstante, los polémicos decretos de urgencia no son tales, ya que, según el art. 118 de nuestra Carta Magna, estos solo pueden darse por excepción y exclusivamente en materia económica y financiera y no en temas regulatorios y administrativos como en este caso.

Colateralmente, se pretende establecer un absurdo privilegio a favor de un determinado grupo de inversionistas, lo que genera un clima inequitativo y perturbador poco propicio para futuros proyectos de inversión. Asimismo, los decretos en cuestión dicen privilegiar las inversiones, pero relegan a un segundo plano los temas ambientales y la relación con las comunidades, además de contravenir convenios con la OIT de rango constitucional.

Se trata de asuntos especialmente sensibles en un país como el Perú, que destaca por su biodiversidad, y en el que muchos conflictos sociales graves han tenido como causa principal la falta de atención a las comunidades eventualmente afectadas, que debieran ser escuchadas a través de mecanismos de consulta.

No se puede poner la carreta delante de los caballos: Hay normas y procedimientos constitucionales, administrativos y sociales que sustentan la estructura del Estado de derecho y que no pueden ser trastrocados de ninguna manera, so riesgo de afectar seriamente la estabilidad legal, institucional y democrática.

El Poder Ejecutivo tiene que sopesar lo que está en juego en el fondo o corresponderá al Congreso o al Tribunal Constitucional revisar tales controvertidos decretos de urgencia y disponer su inmediata derogación.

http://elcomercio.pe/impresa/notas/minam-carreta-delante-caballos/20110130/706086